ORIGEN
DE LA LEGISLACIÓN LABORAL
A la llegada de los conquistadores, estos fueron
cambiando las costumbres de los indígenas obligándolos a dejar del todo las anteriores actividades
para dedicarse a la explotación de las minas y abastecerse de oro.
Para lograr sus objetivos, los Españoles, durante la
Conquista y la Colonia, impusieron órdenes y decretos que tenían origen en la
voluntad propia o en la del Rey de España, estas ordenanzas y decretos tenían
el nombre de Legislación Indiana.
A partir del 1 de enero de 1852, siendo presidente de la
República José Hilario López, empiezan a aparecer algunas leyes sociales, que
constituyen el fundamento de lo que hoy se conoce como Código Sustantivo del
Trabajo (CST). Algunas de ellas son:
Ley 29 de 1905. Estableció una pensión de jubilación
vitalicia para los magistrados de la Corte Suprema de Justicia que llegaran a
la edad de 60 años.
Ley 57 de 1915 sobre accidentes de trabajo, mediante la
cual el Estado sufragaba los gastos de los accidentes de trabajo a los
trabajadores de la construcción.
Ley 46 de 1918. Se expidió con el objeto de regular lo
concerniente a las habitaciones de los obreros.
Ley 78 de 1919. Tenía por objeto regular los aspectos
relativos a la huelga y a la contratación colectiva. Sin embargo, esta ley no
hablaba del derecho de huelga y por tanto, el Estado no estaba obligado a
garantizarla y protegerla. Esto es, el Estado aceptaba que podía presentarse la
huelga, pero aún no estaba reglamentada como un derecho en los trabajadores.
En 1936, mediante el acto legislativo Nº 1, inciso 2 del
artículo 20 se garantiza el derecho de huelga, salvo en los servidores
públicos.
Ley 96 de 1938. Creó el Ministerio de Trabajo, hoy en día es fusionado con el de Salud y denominado Ministerio de la Protección Social.
En el año 1950 bajo el gobierno de Mariano Ospina Pérez, se promulgaron
el decreto legislativo Nº 2663 y el decreto 3743, que dieron origen a nuestro
Código Sustantivo del Trabajo, y dentro de los cuales se recopiló la
innumerable cantidad de normas que, en forma dispersa y caótica, existían sobre
las relaciones de trabajo y sobre los derecho y garantías de los trabajadores
CÓDIGO
SUSTANTIVO DEL TRABAJO (CST)
Éste contiene tres grandes aspectos en el campo del
derecho social:
1. Derecho individual del trabajo: Abarca todos los
derechos y obligaciones que asisten a los trabajadores con respecto a sus
empleadores, y a los derechos y obligaciones que asisten a estos con respecto a
sus trabajadores.
2. Derecho colectivo del trabajo: Contiene todos los
derechos y obligaciones que surgen entre empleadores y trabajadores organizados
en sindicatos o asociaciones profesionales.
3. El sistema de seguridad social integral: Fue creado
por la ley 100 de 1993 y los decretos que la reglamentan, aspecto que hoy
constituye en la práctica, un nuevo código denominado Régimen de Seguridad
Social en Colombia. El sistema de seguridad social integral tiene por objeto
garantizar los derechos irrenunciables de la persona y la comunidad, para
obtener la calidad de vida acorde con la dignidad humana, mediante la
protección de las contingencias que la afectan.
El sistema de seguridad
social integral tiene por objeto garantizar los derechos irrenunciables de la
persona y la comunidad. El ministerio de trabajo y seguridad social para
realizar sus funciones tiene entidades adscritas y vinculadas, como son:
La superintendencia de subsidio familiar.
El instituto de seguros sociales.
La caja Nacional de prevención social.
El servicio nacional de aprendizaje .
El fondo de prevención social del congreso de la
república, entre otros.
Nuestra nación a pesar de importantes cambios introducidos
por la ley 100 de 1993, está bastante atrasada en seguridad social, en relación
con países como: ALEMANIA, SUECIA, INGLATERRA, ESPAÑA Y ESTADOS UNIDOS.
CAMPO
DE APLICACIÓN
La legislación laboral se aplica a todos los habitantes
del territorio de la república sin considerar su nacionalidad. Lo anterior
tiene fundamento en lo prescrito por el artículo 10 de la constitución
nacional, que dice: “Es deber de todos los nacionales y extranjeros en
Colombia, Vivir sometidos a la constitución y a las leyes, y respetar y
obedecer a las autoridades”
¿Cuál es el territorio de la república?
El que enmarca nuestras fronteras por el norte, el sur,
el occidente y el oriente: las islas, islotes, cayos, la plataforma continental
y el mar territorial, y las naves marítimas y aéreas de nacionalidad o bandera
colombiana.
Del territorio nacional quedan excluidos, para la
aplicación de la ley colombiana únicamente los inmuebles y terrenos ocupados
por las misiones diplomáticas de países extranjeros acreditadas en el nuestro.
¿QUÉ ASUNTOS REGULA EL CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO?
1. En primer lugar, por este código se regulan las
relaciones laborales de los trabajadores particulares con sus empleadores.
2. Las relaciones laborales colectivas entre empleadores
y sindicatos oficiales y particulares.
SERVIDORES PÚBLICOS
En términos generales y según las voces del artículo 126
de la Constitución Nacional de 1991, se llaman servidores públicos, a los
empleados públicos y a los trabajadores oficiales.
Los empleados públicos son aquellas personas que prestan
sus servicios a la Nación, a los departamentos, al Distrito Capital de Bogotá,
a los municipios y a las entidades descentralizadas y que se vinculan a la
administración mediante un acto administrativo de nombramiento y posesión, o
mediante elección popular, tal como ocurre con el presidente de la República,
los senadores y representantes, los gobernadores y los alcaldes.
Los trabajadores oficiales son aquellas personas que se
vinculan a la administración mediante un contrato de trabajo y cuya actividad
está encaminada a la construcción, conservación o mantenimiento de obras
públicas en el orden nacional, departamental o municipal, o que prestan sus
servicios en las empresas industriales o comerciales del Estado.
¿QUÉ
ES TRABAJO?
Trabajo es toda actividad
humana, libre, licita, ya sea material o intelectual, permanente o transitoria,
que una persona natural ejecuta consistentemente al servicio de otra natural o
jurídica, y cualquiera que sea su finalidad, siempre que se efectúe en ejecución
de un contrato laboral.
De acuerdo a la anterior definición , no puede hablarse
de trabajadores sexuales, por cuanto no es una labor licita; de trabajo en las
cárceles, por cuanto quien lo ejecuta no está libre, ni de trabajo relacionado
con la siembra, recolección, procesamiento
o distribución de alucinógenos o sustancias narcodependientes, por
cuanto dichas labores no son licitas.
AUTOEVALUACION
1. Ordene los siguientes hechos de manera
cronológica:
-
La recopilación denominada
legislación indiana 1650.
-
La abolición de la esclavitud 1852.
-
La creación del ministerio de la
protección social 1938.
-
La creación del seguro social 1946.
-
La creación del código sustantivo
del trabajo 1950.
2. Indique con una x si los hechos que a
continuación se presentan son falsos o verdaderos.
- - El rey Carlos II de España abolió la
esclavitud en Colombia. ( FALSO)
- - La ley 29 de 1905 creo el seguro social. (FALSO)
- - José Hilario López abolió la esclavitud en
Colombia en el año 1852. (VERDADERO)
- - Los decretos 2663 y 3743 que dieron origen al
código sustantivo del trabajo se promulgaron durante el gobierno de Mariano
Ospina Pérez. (VERDADERO)
3. Complete los siguientes enunciados
- - El trabajo es una OBLIGACIÓN
social.
- - En Colombia toda persona es libre de escoger PROFESIÓN U OFICIO.
- - El código sustantivo del trabajo regula las
relaciones INDIVIDUALES Y COLECTIVAS de trabajo.
4. Indique que clase de relación se
presenta en los siguientes casos:
- - Un grupo de trabajadores se asocia en
sindicato y solicita la protección del estado y el reconocimiento de su
personería jurídica por parte del ministerio de la protección social. COLECTIVA
- - Un trabajador demanda al empleador ante un
juez laboral para obtener el reconocimiento y pago de sus prestaciones sociales. INDIVIDUAL
- - Un empleador suscribe una convención con un
sindicato, pero este decide votar la huelga. El empleador solicita que las
autoridades declaren que dicha huelga es ilegal. COLECTIVA.
- - Un trabajador es despedido sin justa causa y
acude ante un inspector de trabajo para que le indique cuáles son sus derechos.
INDIVIDUAL.
5. Indique que clase de servidores públicos
son las personas siguientes:
- - El gobernador de Antioquia. EMPLEADO PUBLICO.
- - El gerente de la licorera de Caldas. EMPLEADO OFICIAL.
- - Un cajero del banco de la república. TRABAJADOR OFICIAL.
- - Un auxiliar de contabilidad de la empresa
Colombiana de Petróleos.TRABAJADOR OFICIAL.
- - Un topógrafo de la reparación de la vía
autopista Bogota-Medellin. TRABAJADOR PUBLICO.
- - El alcalde de Bucaramanga. EMPLEADO PUBLICO.